Bienvenida Presidente - Colegio API Jaén

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Me complace darles la bienvenida a la renovada página web del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la Provincia de Jaén.

Los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria colegiados de esta provincia se presentan en sociedad con el escaparate de internet, para mostrarles nuestra profesión y para ofrecerles nuestros servicios.

Seguro que en el algún momento de su vida necesitan realizar alguna operación inmobiliaria de compraventa, alquiler o permuta de algún bien inmueble, o han necesitado una tasación inmobiliaria tras una herencia, para disolver una comunidad matrimonial, o quizás para defenderse en un proceso administrativo o judicial.

En todo ello podemos ayudarles. Somos “Asesores Inmobiliarios”, titulados y colegiados. Disponemos de una regulación legal (Real Decreto 1294/2007), normas disciplinarias y seguro de responsabilidad civil. Nuestro Colegio Oficial pone a su disposición a 62 Agentes de la Propiedad en la provincia de Jaén, que velarán por prestarle un servicio profesional, ético y eficaz.


√ No dude en consultarnos.
√ No asuma riesgos innecesarios.
√ Busque la garantía y la seguridad con el logo.

Junta de Gobierno de nuestro Colegio API

De conformidad con la Orden de 26 de noviembre de 2007, por la que se aprueban los estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Jaén y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía, publicada en el Boja Nº43 de 5 de Marzo de 2014.

Según el Artículo 21. Órgano de Dirección: Composición de la Junta de Gobierno.

1. La Junta de Gobierno es el órgano democráticamente elegido para llevar a cabo la dirección ejecutiva y la representación del Colegio, y estará constituida por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario y un Vocal por cada cincuenta colegiados o fracción con un máximo de diez miembros de la Junta y dos suplentes.

La designación de sus miembros se efectúa por la Asamblea General mediante sufragio universal, libre, directo y secreto. El voto se ejercerá personalmente o por correo de acuerdo con las normas que para garantizar su autenticidad se establecen en los presentes Estatutos.

Según el Artículo 33. Periodicidad de las elecciones.

1. Los cargos de la Junta de Gobierno se elegirán cada cuatro años mediante elección que deberá celebrarse obligatoriamente dentro del último trimestre del año en que corresponda su elección. La actual Junta de Gobierno fue elegida en diciembre de 2022.

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